Plazos
CENSO y CANDIDATURAS
Disposición según Normas Diocesana HH.CC. (Decreto 11 de Junio del 2012)
PLAZO DE REVISIÓN DEL CENSO ELECTORAL
*1 Enero al 28 Febrero 2017:* consulta del censo electoral por parte de los hermanos y presente las correspondientes reclamaciones o rectificaciones.
Artículo 53
§1. Desde el momento de la aprobación del censo electoral, el Secretario, por carta u otros servicios de comunicación que aseguren la correcta recepción, notificará a cada
hermano con derecho a voto sus datos personales recogidos en el censo así como la apertura del tiempo de dos meses, durante el cual dicho Secretario se pondrá al servicio de los Hermanos, en
horarios a determinar por cada hermandad, a fin de que éstos puedan consultar personalmente su inscripción en el censo electoral y presentar las correspondientes reclamaciones o
rectificaciones.
1
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS
*1 al 31 Marzo 2017:* plazo presentación de candidaturas.
B) Presentación de candidatos
Artículo 54
§1. Transcurrido el periodo de dos meses para la revisión personal de los datos personales de los hermanos integrantes del censo electoral, se
abrirá otro periodo de un mes para la presentación de candidatos y la comprobación de las rectificaciones que se pudieran haber reclamado.
§2. La inscripción de los candidatos se hará en la Secretaría de la Hermandad, estando obligado el Secretario a expedir una certificación que le acredite que se ha presentado como candidato.
2
REQUISITOS PARA SER CANDIDATO A MIEMBRO DE LA JUNTA DE GOBIERNO
Artículo 55
Para ser candidato a miembro de la Junta de Gobierno, además de ser católico practicante, con reconocida vida cristiana personal, familiar y social, fiel cumplidor
de los fines de su Hdad., y haber realizado los cursos de formación requeridos (cf. Arts. 5, 2º y 14 §2) será necesario reunir los siguientes requisitos:
1º. Tener más de dieciocho años de edad y ostentar una antigüedad mínima en la
Hermandad de tres años ininterrumpidos.
2º. Que su residencia le permita atender las obligaciones del cargo para el que
se presenta.
3º. Presentar junto con su candidatura, si es de estado soltero, Fe de Bautismo
y Certificado Literal del Registro Civil y, si es de estado casado, sendas partidas de matrimonio canónico y civil.
4º. No ejercer cargos directivos en otra Hermandad y
Cofradía.
5º. No desempeñar cargo de dirección en partido político, o de autoridad civil
ejecutiva nacional, autonómica, provincial o municipal.
6º. No haber presentado dimisión o renuncia de la Junta de Gobierno de esa u
otra Hermandad dentro de los cinco años previos a la fecha de las elecciones en la Hermandad.
Artículo 56
Para ser Hermano Mayor o Teniente Hermano Mayor, además
de los requisitos anteriores, se le exige tener más de veinticinco años de edad y una antigüedad mínima en la Hermandad de cinco años
ininterrumpidos.
3
Estado de este proceso de 2 meses de revisión del censo y 1 mes de presentación de Candidaturas:
REVISIÓN CENSO ELECTORAL
- (28/2/2017) Finaliza el plazo de revisión del Censo Electoral, que ha estado a disposición del los hermanos del 1 enero al 28 de Febrero.
- (31/3/2017) Finaliza el plazo de presentación de Candidturas.
PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS
Candidatos a Hermano Mayor a la fecha de 31 de Maro de 2017:
1. - D. ANTONIO MARQUEZ CRESPO
Fdo: El Secretario
En Puerto de Santa María a Domingo 21 de Mayo de 2.017